LOS TRABAJOS EN ALTURA 

¿QUE SON LOS TRABAJOS EN ALTURA?

La diversidad y complejidad en la realización de trabajos temporales en altura, ha facilitado desde hace varios años, la aparición de empresas especializadas que utilizan y aplican las técnicas de trabajos verticales para acometer su realización o ejecución. llamaremos trabajo en al tura a cualquier actividad que se realice a mas de 2 metros y exista riesgo de caída, y requiere para su realización de una capacitación especifica así como un equipo de protección personal (EPP) de acuerdo con el tipo de actividad que se realice y las instalaciones en que se ejecuten las mismas. Es de obligado cumplimiento que para la realización de todo tipo de actividad y en este caso a los que se efectúan en alturas se cumplan unas determinadas normativas establecidas para cada uno de los diferentes dispositivos, Además para la realización de trabajos en altura tenemos que tener en cuenta las disposiciones mínimas de seguridad de la ley de prevención de riesgos, El real decreto 2177/2004 de 12 de noviembre modifica el real decreto 1215/1997 de 18 de julio por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo para dicha actividad.

los trabajos  verticales  se  nutren  de  profesionales,  que  inicialmente  provenían  del ámbito deportivo, al reunirse en los mismos varios factores que facilitaban trabajar en altura. Desde hace varios años, concretamente desde la aparición del RD 2177/2004, los profesionales que  realizan  estas  técnicas,  trabajadores  verticales,  deben  tener  una formación  adecuada  y  especifica en función de las operaciones que vayan a desarrollar en la ejecución de trabajos verticales,  así como la formación respectiva en materia preventiva y en su caso la gremial. De tal modo, que los trabajadores verticales actualmente provienen en su mayor parte de diversos oficios, siendo formados en materia de realización de las técnicas de acceso y posicionamiento por cuerdas (trabajos verticales), que es como la normativa identifica a esta actividad. Es por tanto importante destacar que los trabajos verticales son un sector o actividad profesional, que cuenta con una regulación normativa específica, a la vez que se le aplica la normativa general de prevención de riesgos laborales y sus normas de desarrollo, así como un conjunto de normas industriales que debe cumplir los elementos, equipos y dispositivos que se utilizan. 

Se denominan “técnicas de acceso y de posicionamiento mediante cuerdas” (trabajos verticales) al sistema de protección individual contra caídas para realizar trabajos temporales en altura que se compone de una cuerda o línea de trabajo y de una cuerda o línea de seguridad, fijadas a una estructura, soporte o superficie por separado, y que junto con otros equipos, dispositivos y accesorios específicos, permite al usuario poder acceder, realizar un determinado trabajo a cierta altura, y salir.

 

     Podrían ser utilizadas para acceder a:

Objetos naturales (árboles, taludes y frentes rocosos).

Subsuelo (pozos, conductos de ventilación, cañerías de abastecimiento).

 Construcciones (fachadas de edificios, diques,  puentes, silos, etc.).

Instalaciones  (postes,  estructuras,  torres  de  telecomunicación,  líneas  eléctricas  aéreas,  aerogeneradores, etc.).

Lugares especiales (espacios confinados, lugares de difícil acceso).

Los trabajos verticales son cada vez más habituales y frecuentes, puesto que han demostrado que se adaptan con facilidad y eficacia a situaciones y condiciones de trabajo difíciles de resolver con otros métodos o equipos de trabajo para trabajos en altura.

La evolución de los equipos de trabajo y seguridad empleados, así como de las propias técnicas, han contribuido a que los trabajos verticales sean un equipo de trabajo temporal en altura eficaz, rápido y seguro.

El  sistema  de  trabajo  está  basado  en  el  empleo  de  técnicas  y  en  la  utilización  de  equipos  y dispositivos específicos, que permiten el desplazamiento en la vertical a través de las cuerdas instaladas (línea de trabajo y línea de seguridad). Por tanto es obligatorio no solo la utilización de  una  cuerda  para  progresar,  por  ella  sistema  de  sujeción,  sino  también  de  la  utilización  de  una segunda cuerda, sistema anticaídas, puesto que la exposición al riesgo de caída en altura a distinto nivel es consustancial con la ejecución de esta actividad. La correcta utilización combinada de la cuerda de trabajo (sistema de sujeción) y la cuerda de seguridad (sistema anticaídas), será a que haga la situación de trabajo realmente segura, evitando por tanto los riesgos inherentes a la ejecución del trabajo temporal en altura mediante el uso de este equipo de trabajo.

El uso de las técnicas de acceso y posicionamiento mediante cuerdas en la ejecución de trabajos temporales  en  altura,  se  encuentra  regulado  normativamente  en  el  RD  2177/2004,  de  13  de  noviembre sobre la utilización de los equipos de trabajo por parte de los trabajadores para realizar trabajos temporales en altura. Este RD 2177/2004 se incorpora como ANEXO II del RD 1215/1997 sobre equipos de trabajo, y parte de la Directiva Comunitaria 2001/45/CE, actualmente derogada por la Directiva Comunitaria 2009/104/CE.

En el RD 2177/2004, en su apartado 4.3 y apartado 4.4 se recogen determinadas exigencias y requisitos que deben ser observados cuando un trabajo temporal en altura se realice utilizando las técnicas de trabajos verticales. Es importante una lectura del mismo, al igual que los es sobre lo  recogido  en  la  Guía  Técnica  sobre  Equipos  de  Trabajo, editada por el Instituto  Nacional  de Seguridad e Higiene en el trabajo, del año 2011, en la cual se recoge la interpretación técnica que obre el contenido del RD 2177/2004.

Según los dispuesto en el apartado 4.3 del RD 2177/2004: La utilización de las técnicas de acceso y  de  posicionamiento  mediante  cuerdas  se  limitará  a  circunstancias  en  las  que  la  evaluación  del riesgo indique que el trabajo puede ejecutarse de manera segura y en las que, además, la utilización de otro equipo de trabajo más seguro no esté justificada.

El párrafo primero de este apartado establece que para que se puedan utilizar las técnicas de acceso y de posicionamiento mediante cuerdas, se deben cumplir dos condiciones:

que el resultado de la evaluación de riesgos, realizada teniendo en cuenta los aspectos indicados en los comentarios al apartado 4.1.1, indique que el trabajo puede ejecutarse de manera segura con dichas técnicas.Y además que no esté justificada la utilización de otros equipos de trabajo, en principio, más seguros.

Pueden ser razones por las que no esté justificada la utilización de otros equipos de trabajo, en principio más seguros, las siguientes:
   

    1.  No es técnicamente posible realizar el trabajo con dichos equipos. Podría ser el caso de trabajos en el interior de espacios confinados, o de pozos en los que resulte in viable introducir, o montar, este tipo de equipos.
 

    2. El montaje y/o utilización de dichos equipos pueden dar lugar a mayores riesgos que los derivados  de  realizar  el  trabajo  con  técnicas  de  acceso  y  de  posicionamiento  mediante  cuerdas. Podría ser el caso del acceso a objetos naturales (árboles, frentes rocosos), construcciones (fachadas  de  edificios,  cubiertas,  diques,  taludes,  puentes,  silos,  etc.),  instalaciones (postes, estructuras, torres de telecomunicación, líneas eléctricas aéreas, etc.).

    3. El  trabajo  a  realizar  es  de corta  duración, o se  trata  de  una  situación  que  requiere  una intervención urgente y el tiempo necesario para disponer del equipo de trabajo adecuado o para el montaje del mismo es muy superior al que se precisa para la intervención con las  técnicas  de  acceso  y  de  posicionamiento  mediante  cuerdas,  siendo  la  rapidez  de  la  intervención el factor determinante para la seguridad de las personas a auxiliar, rescatar o proteger.

Podría ser el caso de: la reparación de roturas de conductos de agua potable en patios de luces; la reparación de roturas de bajantes de aguas residuales; operaciones de socorro y salvamento en espacios confinados, pozos, acantilados, cisternas; saneados preventivos en fachadas o colocación de mallas envolventes para evitar desprendimientos que puedan
provocar daños a transeúntes, etc.

La aplicación de las disposiciones del apartado 4.4 del RD 2177/2004 es una garantía de que se cumplen las condiciones para la ejecución de manera segura de este tipo de trabajos.                                                                 

                                                                     

 

     CARACTERÍSTICAS Y VENTAJAS

Las principales ventajas radican tanto en la facilidad y rapidez de la instalación y desmontaje de los distintos sistemas de sujeción, anticaídas y protección a terceros, como en la minimización de las molestias causadas a los ocupantes de los edificios, a los peatones y al tráfico. Por estos motivos, los trabajos verticales tienen actualmente un gran campo de aplicación ya que permiten acceder donde es difícil o costoso, o cuando la utilización de los medios tradicionales de trabajo en altura presenta mayores riesgos que el uso de estas técnicas.

A modo de resumen podemos decir que las principales ventajas del trabajo vertical son:
Eficaz y seguro.
Versátil y adaptable.
Ocasiones pocas molestias.
Fácil aplicación y ejecución.
De rápida respuesta, tanto en el montaje, ejecución y desmontaje.
Principal y/o complementario.
Especializado.
Integra la prevención.



     CAMPOS DE APLICACIÓN: 

Dadas las características y ventajas de los trabajos verticales se puede decir que en la actualidad el  campo  de  aplicación  de  los  mismos  es  enormemente  amplio.  Esta  actividad  entronca  con  diversos  sectores  y  actividades  donde  se  deben  realizar  trabajos  temporales  en  altura  como  por ejemplo: Construcción, Limpieza, Metal, Madera, Telecomunicaciones, Servicios, Industria, Turismo, etc., si bien la mayoría de las actuaciones que se realizan mediante trabajos verticales
se hacen en el sector de la construcción.

Los  trabajos  verticales  son  muy  adecuados  para  la  realización  de  tareas  en  lugares  de  difícil acceso o en situaciones de riesgo de caída en altura a distinto nivel.

     Este sistema de protección individual contra caídas para realizar trabajos en altura se caracteriza por su versatilidad, transversalidad y adaptabilidad, además de por:

-Ser un sistema para ejecutar trabajos temporales en altura legalmente reconocido.

-Ser un sistema de trabajo seguro, al aplicar las mejores técnicas, equipos, dispositivos, en el desarrollo y ejecución del mismo.

-Ser un sistema de trabajo que evoluciona con el desarrollo de la técnica y las innovaciones tecnológicas.

-Ser un sistema eficaz y efectivo, al dar respuestas y soluciones concretas a las dificultades del trabajo en altura.

-Ser un sistema de trabajo que ocasiones pocas molestias a terceros.

 Las principales ventajas radican tanto en la facilidad y rapidez de la instalación y desmontaje de los distintos sistemas de sujeción, anticaídas y protección a terceros, como en la minimización de las molestias causadas a los ocupantes de los edificios, a los peatones y al tráfico. Por estos motivos, los trabajos verticales tienen actualmente un gran campo de aplicación ya que permiten acceder donde es difícil o costoso, o cuando la utilización de los medios tradicionales de trabajo en altura presenta mayores riesgos que el uso de estas técnicas.

A modo de resumen podemos decir que las principales ventajas del trabajo vertical son:

Eficaz y seguro.

-Versátil y adaptable.-Ocasiones pocas molestias.-Fácil aplicación y ejecución.-De rápida respuesta, tanto en el montaje, ejecución y desmontaje. Principal y/o complementario.-Especializado.-Integra la prevención.

     Entre otros campos de aplicación podemos destacar:

Rehabilitación, mantenimiento y restauración de fachadas, patios, monumentos, etc.

Reparación y protección de estructuras de hormigón.

Renovación y reparación de tejados y cubiertas.

Evaluación y elaboración de informes técnicos.

Limpieza de muros cortina, fachadas, cristales, etc.

Instalación de toldos, de aparatos de aire acondicionado y sistemas de refrigeración, etc.

Instalación de líneas de vida y sistemas de protección y  seguridad en altura.

Instalación de sistemas contra aves, plagas, etc. 

Instalaciones de gas, fontanería, electricidad, etc. 

Mantenimientos de estructuras, instalaciones, torres,  postes, etc. 

Mantenimientos y limpieza de aerogeneradores.

Obra civil, trabajos en puentes, presas, puertos, etc.

Trabajos en taludes, frentes rocosos, instalaciones de mallas, redes y barreras dinámicas, etc.

Trabajos en espacios confinados (pozos, silos, etc.).

 

 

INSTALACION DE LOS SISTEMAS DE SEGURIDAD

   DEFINICIÓN DE ZONA O INSTALACIÓN DE CABECERA

La instalación de cabera comprende la instalación de los diferentes dispositivos de anclaje que componen el o los sistemas de sujeción Para anclar por separa tanto la cuerda o línea de trabajo, y anticaídas, cuerda o línea de seguridad  para acceder a la zona vertical donde se ejecutan los trabajos o tareas.

La instalación de ambas líneas consiste en sujetar o anclar las cuerdas mediante conectores a los dispositivos de anclaje instalados y que comprenden la instalación de cabecera.

La realización de la instalación de cabecera se basa en la instalación de dispositivos de anclaje seguros, fiables y por separado, uno o varios para la línea o cuerda de trabajo y otro o varios para la línea o cuerda de seguridad.

Estos dispositivos de anclaje se instalaran sobre elementos estructurales del edificio, estructura, superficie, etc., o sobre un soporte o substrato estos, pudiendo ser de varios tipos, funcionamiento y características, pero cumpliendo siempre con las exigencias de la norma correspondiente, que en la actualidad es la norma UNE/EN 795.

 

INSTALACION DE LOS SITEMAS DE SUJECION (INSTALACIONES Y CABECERAS)

Como pauta y recomendación es importante utilizar para la instalación de los sistemas de sujeción y posteriormente el anclado de los tendidos (trabajo y seguridad), diferentes elementos  estructurales,  soportes  o  sustratos,  ya  que  proporcionará  mayor  fiabilidad  y  seguridad,  en  lugar de  colocar  los  dispositivos  de  anclaje  sobre  uno  solo,  además  de  permitir  un  reparto  de  cargas  y  esfuerzos sobre los mismos.

La  instalación  de  los  sistemas  de  sujeción,  debe  ser  efectuada  de  forma  independiente  como  se  indicaba antes,  de  manera  que  la  cuerda  de  trabajo  y  la  cuerda  de   seguridad   se   anclen   a   dispositivos   de   anclajes   separados,  y  con  una  distancia  mínima  de  30  cm  entre ellos  en  el  caso  de  dispositivos  de  anclaje  instalados. La  resistencia  de  cada  uno  no  deberá  ser  inferior  a  la mínima  exigida  conforme  la  norma  de  referencia,  antes reseñada,  y  estarán  diseñados  para  el  uso  de  un  único usuario  inicialmente,  salvo  que  se  permita  su  uso  para varios, lo cual vendrá determinado por el fabricante y la certificación de la instalación de los mismos.

Es necesario que los realice personal con experiencia y formación adecuada, debiendo realizarse las pruebas de resistencia necesarias para comprobar su idoneidad y fiabilidad por medio de los  equipos  adecuados,  registrándose  los  datos  obtenidos documentalmente, conjuntamente  con otros como: los del fabricante del dispositivo; sistema o método de fijación; planificación y distribución; análisis y calculo de resistencia del soporte o substrato; técnico instalador; revisiones en su caso);etc..

En el proceso de la instalación de las cabeceras, así como de ambos tendidos, seguridad y trabajo, nunca  se  deben  de  obviar  las  normas  de  prevención  y  seguridad  que  se  determinen  en  cada  situación, siendo imprescindibles la utilización de los equipos de protección individual y colectiva para su realización, así como aquellos otros necesarios para evitar los riesgos inherentes a estas operaciones. La utilización de los mismos vendrá determinada por las características del lugar de trabajo en altura (cubierta, muro perimetral, plano inclinado), debiendo por tanto utilizarse los sistemas de protección individual contra caídas establecidos conforme a la norma UNE/EN 363

Una vez realizada la instalación de la cabecera  que es la responsable de la sujeción primera, se  procede  a  la  instalación  de  la  cuerda  de  trabajo  y    cuerda  de  seguridad,  que  permitirán  al  trabajador acceder a la zona de trabajo en vertical, es decir, le permiten acceder y posicionarse en un  lugar de trabajo en altura. Previamente al acceso a esta zona de trabajo en vertical, el
trabajador vertical deberá haberse puesto el Equipo Vertical Personal, que se compone de diferentes elementos y dispositivos para poder  progresar  por  las  cuerdas  con  total seguridad

Es   imprescindible   en   la   instalación   de   ambas cuerdas  trabajo y seguridad realizar y   aplicar   algunas   normas   y procesos de  seguridad  específicos  con objeto  de protegerlas  de  los  rozamientos  que  se puedan producir   con   aristas,   bordes, filos, cantos u otros elementos, los cuales pueden  provocar  el  corte  o  deterioro  de  las  mismas.  Para  ello,  se deberán  utilizar  diferentes sistemas,  técnicas  o  elementos  tales  como  fraccionamientos,  desviaciones,  protecciones 
antirroce, trípodes, pescantes, etc.

Igualmente  es  importante  que  una  vez  ancladas  tanto  la  cuerda  de  trabajo  como  de  la  de  seguridad a la instalación de cabecera, entre las mismas se mantenga una distancia, entre un metro, metro y medio aproximadamente, al objeto de poder separar la cuerda de seguridad de la zona de trabajo, con el objetivo de protegerla de las posibles agresiones que pueda sufrir como consecuencia  de  los  trabajos  que  realice  el  trabajador  vertical. Lo recomendable que  la  cuerda de trabajo también se proteja, a fin de garantizar una mayor seguridad en la ejecución de los trabajos verticales.

Otra  recomendación  reseñable  es  la  de  utilizar  cuerdas  de  diferentes  colores  (ver  foto  inicial),  que  permitan  diferenciar  entre  la  cuerda  de  trabajo  y  seguridad,  teniendo  en  cuenta  que  las  mismas  deben  cumplir  las  exigencias  de  la  norma 
UNE/EN  1891  Tipo  A  para  cuerdas  semiestáticas.  Con ello se controlaría el hecho de que la cuerda que debe sufrir un mayor desgaste es la cuerda de trabajo, salvaguardando  el  estado  de  la  cuerda  de  seguridad  al  no  sufrir  el  mismo,  ya  que  el  dispositivo  anticaidas  no  fricciona  tanto  la  cuerda  de  seguridad  como  los  dispositivos para progresar por la cuerda de trabajo en ascenso o descenso.

Además con esta medida o recomendación la duración de la vida útil, por el menor desgaste, de la cuerda de seguridad, sería mayor, y lo que también es importante permitiría un mejor control de la trazabilidad en cuanto a  las  revisiones  periódicas  que  se  le  debe  realizar  a  ambas cuerdas.

En  las  tareas  de  montaje  de  la  instalación  de  cabecera  se  tendrán  en  cuenta  las  siguientes  normas de seguridad:   Deben instalarse sistemas de protección colectiva: barandillas, pasamanos, entablados, etc.,  en  todas  aquellas  zonas  en  las  que  exista  la  más  mínima  posibilidad  de  caída  en  altura a distinto nivel, y no se encuentren elementos arquitectónicos del propio edificio, estructura, superficie, etc. que ya cumplan la función de protección (barandillas, escaleras, muros perimetrales, vallado, protección de huecos, etc.).     Solo en las zonas en que se realizan los trabajos mediante técnicas de trabajos verticales, zona vertical, no será necesaria la colocación de protecciones colectivas, excepto en aquellos lugares en que puedan situarse operarios, que no realizan trabajos suspendidos de cuerdas, debiendo  utilizarse  por  pare  de  estos  los  sistemas  de  protección  individual  contra  caídas  establecidos y la instalación, cuando proceda de sistemas de protección colectiva.


      Sistema de anclaje: Sistema  destinado  para  formar  parte  del  sistema  de  protección  individual  anticaidas,  que incorpora un punto de anclaje o varios, y/o un dispositivo de anclaje, y/o un soporte, y/o la fijación al soporte, y/o un anclaje estructural.

Soporte o substrato: Superficie sobre la cual se va a realizar la instalación del dispositivo de anclaje (ladrillo, hormigón, madera, cerámica, roca, vigas, etc..). Es importante conocer todo lo que se pueda sobre el soporte o substrato; su estado, conservación, fiabilidad, resistencia, trazabilidad, certificación, etc.   
Punto de anclaje: Elemento al que puede ser sujeto con total seguridad un equipo de protección individual y/o un equipo de trabajo, tras la instalación del dispositivo de anclaje.
    

     Dispositivo de anclaje: Todo elemento o serie de elementos que incorporan uno o varios puntos de anclaje, y se anclan o instalan sobre un soporte o substrato o a un anclaje estructural.

Es importante tener cuenta lo dispuesto en la UNE/EN 795, sobre la aplicación de la misma a los dispositivos de anclaje     Anclaje estructural: Elemento o elementos fijados permanentemente a una estructura que reúne todos los requisitos de seguridad, al cual o a los cuales es posible sujetar un dispositivo de anclaje o un equipo de protección individual


     Anclaje mecánico:
Tipo de dispositivo de anclaje que se fija al soporte por la presión que ejerce el mecanismo de
expansión sobre las paredes del orificio taladrado sobre el soporte, substrato o superficie. En este caso, el mecanismo de expansión crea unas tensiones en el interior del material de soporte, por lo que este soporte debe ser macizo y compacto. Los materiales que cumplen este requisito son el hormigón en masa, el armado y la piedra compacta. Anclajes estructurales

     Anclaje químico: Tipo de dispositivo de anclaje que funciona mediante la adherencia de la resina inyectada en el agujero creado por la perforación realizada con un taladro sobre un soporte, substrato o superficie, sin casi presión o tensión a este, por lo que se puede emplear más cerca de los bordes, siendo más adecuado para soportes poco compactos o perforados como el hormigón de baja resistencia o la piedra poco compacta, así como sobre el ladrillo macizo, ladrillo de simple o de hueco doble, o similares. Muchos dispositivos de anclaje de este tipo, no incluyen la pieza en la que conectar el mosquetón o conector para anclar la cuerda de trabajo y/o de seguridad, terminando en una tuerca hexagonal que fija el dispositivo de anclaje en el caso de los mecánicos y en un tornillo roscado en el caso de los químicos.

En  estos  casos  se  añadirá  un  elemento  apropiado  que  podrá  ser  una  plaqueta  o  chapa,  o  un  cáncamo.  Una  forma  de  reasegurar  anclajes  mecánicos  o  químicos es  mediante  el  uso  de elementos diseñados específicamente para este fin. Estos constan de un conjunto inseparable de cadena de acero y dos placas.


     Nudos: Los nudos son fundamentales para realizar las instalaciones de los tendidos de trabajo y seguridad, uno para cada uno. Un nudo es un entrelazado estrecho de uno o más elementos delgados y flexibles (cuerdas, cintas, coordino, etc.) Hay muchos tipos de nudos diferentes, sin embargo en la realización de los trabajos verticales no es necesario conocer todos ellos, basta conocer unos cuantos nudos básicos  con detalle y saber escoger el apropiado para cada situación. 

La característica fundamental de los nudos es que son el punto más débil de una cuerda. Los nudos  reducen  la  resistencia  de  una  cuerda  entre  un  30%  y  un  60%  de  lo  establecido  por  el  fabricante de la misma.

          CUALQUIER NUDO DEBE CUMPLIR LAS SIGUIENTES CARACTERISTICAS:

Estar adaptado al uso que se le va a dar.

Ser resistente y seguro.

Ser fácil de realizar.

Que resulte fácil verificar su realización.

Ser fácil de deshacer.


          EN LAS INSTALACIONES DE CABECERA LOS NUDOS MAS UTILIZADOS SON:

Gaza simple. 

Ocho.

Ocho de doble seno.

Nudo de nueve.


     CONECTORES-MOSQUETONES: Son  elementos  de  conexión,  construidos  como  eslabones  metálicos  de  acero,  aluminio  o  aleaciones  ligeras.  Estos  conectores  deben  disponer  de  un  mecanismo  de  apertura  rápida  y  cierre de seguridad. Las partes de los mosquetones fabricados de hierro o acero, deben estar protegidas contra la corrosión. Tienen por objetivo conectar los elementos del equipo de protección individual entre sí (arnés - anticaídas, cuerda – anclaje).

Nunca deben emplearse mosquetones que no cuenten con cierre de seguridad, ya que pueden generar  accidentes  graves.    El  cierre  de  seguridad  puede  ser  de  rosca  tradicional,  de  cierre  automático, mediante un sistema de muelle, cuarto de vuelta, etc.

 

 

PROGRESIÓN SOBRE CUERDAS

      La progresión sobre cuerdas engloba una serie de maniobras básicas consistentes en descender y ascender por la cuerda, cambio de la situación de descenso a la de ascenso y viceversa, pasos de obstáculos en  ascenso y  descenso empleando fraccionamientos, nudos, desviaciones o protecciones. Si bien en el trabajo cotidiano no se emplean todas estas maniobras, el trabajador las debe conocer perfectamente, permitiéndole desenvolverse en su actividad, en caso de ser necesaria su utilización,  de forma autónoma y segura.  Todos los dispositivos  utilizados  en  las  maniobras de trabajos verticales, y que se instalan en las cuerdas deben cumplir la correspondiente norma UNE/EN de ámbito industrial. Esta norma los identifica como: Dispositivos de regulación por cuerda específicos para trabajos verticales.


No están permitidos, por tanto, los dispositivos deportivos, escalada, alpinismo, espeleología, dado que no cumplen este tipo de normas y así lo determina el RD sobre Equipos de Protección Individual.

      MANIOBRA DE DESCENSO: La  maniobra  más  habitual  es  el  descenso;  ésta  se  realiza  mediante  un  aparato  o  dispositivo  de descenso instalado en la cuerda de trabajo, a la vez que se utiliza el obligatorio dispositivo anticaídas en la cuerda de seguridad, Los  trabajos  verticales  se  caracterizan  por  que  el  trabajador  vertical  accede a la cubierta, techo, terraza de una estructura, edificio, nave, etc., y después de instalar la instalación de cabecera, anclar las cuerdas, desciende por estas hasta el lugar de trabajo. El descenso se debe realizar lentamente y de manera controlada, previendo posibles obstáculos que se encuentren  por el camino (tendederos, terrazas, aparatos instalados en las fachadas,  etc.).


     MANIOBRA DE ASCENSO: En la ejecución de la maniobra de ascenso se necesitan al menos dos bloqueadores en la cuerda de trabajo, que no se deslicen hacia abajo cuando estén sometidos a carga, pero que permitan subir cuando los mismos no soporten ningún peso.

Al igual que en el descenso, durante el ascenso se utilizará el dispositivo anticaídas como elemento de seguridad colocado en la cuerda de seguridad independiente de la cuerda de progresión o trabajo.

En  las  maniobras  de  ascenso  y  descenso  es  necesario  en  el  caso  de  que  se  mantenga  una situación de suspensión sobre cuerdas para evitar problemas de circulación sanguínea que se utilice una silla de trabajo donde poder estar sentados mientras mantenemos la suspensión.


     CAMBIO DE ASCENSO A DESCENSO: Otro tipo de maniobra consiste en cambiar el sentido de progresión sobre las cuerdas, es decir, pasar a una posición de ascenso a otra de descenso y viceversa. En función de las características de los lugares donde se deben ejecutar los trabajos verticales, a  veces  es  necesario  salvar  obstáculos,  tales  como  casetones  de  ascensor,  aleros, maquinaria instalada, etc. siendo necesario para llegar a la zona de trabajo en la vertical, realizar ciertas técnicas tales como: fraccionamiento de cuerdas, nudos, desviaciones o desviaciones, etc.  


     CAMBIO DE LINEAS: Otra maniobra es la que se conoce como: cambio de cuerdas o cambio de línea tanto en ascenso como en descenso. El principio de seguridad obligatorio que se debe cumplir en todo momento, no solo en la ejecución de esta técnica, es el de mantener siempre dos dispositivos de regulación por cuerda en distintas cuerdas, para cumplir en todo momento con las medidas de seguridad establecidas por la normativa y por los procedimientos de trabajo.


     PROGRESIÓN HORIZONTAL Y PROGRESIÓN DIAGONAL: Se debe realizar cuando es obligatoria la realización de una progresión horizontal por una cuerda previamente instalada o bien por una cuerda que no guarda la vertical y donde no es posible el empleo de la técnica de cambio de cuerda.


     OTRO TIPO DE PROGRESIONES EN HORIZONTAL: También  pueden  realizarse  sobre  una  estructura  usando  dispositivos  de  anclaje  conectados  directamente  a  los  elementos  de  la  estructura  o  bien  a  un  pasamanos.  Si  se  dispone  de  una  repisa  para  los  pies,  y  las  cuerdas  tendidas  están  a  una  altura  adecuada,  se  puede  avanzar  asegurándose a ellas mediante dos cabos de anclaje, uno instalado en cada cuerda. 

Protección ante herramientas de corte y calor, fuentes de calor, agentes químicos, etc 


     PROGRESION EXTREMA POR CUERDAS: Cuando en la ejecución de los trabajos o tareas este previsto utilizar máquinas de corte o calor, o  las cuerdas puedan estar sometidas a  fuentes de calor, agentes químicos, etc., el  técnico de  trabajos  verticales  debe  evitar que  éstas  entren  en  contacto  con  las  cuerdas  de  las  que  está suspendido, para ello deberá utilizar un sistema de protección para las mismas. Existen diferentes sistemas, tipos o modelos a utilizar: protección de la cuerda con una funda especial, utilización de un cable metálico, utilización de una cadena de eslabones, etc. Importante: Para alejar, en la medida de lo posible, la cuerda de seguridad de la zona de trabajo, se debe conectar el dispositivo anticaídas en la anilla dorsal del arnés anticaídas. Es de gran utilidad que en estos casos, se prevea una separación adecuada entre el tendido de la cuerda de trabajo y el de la cuerda anticaídas, para evitar el contacto con la fuente o agente que la pueda deteriorar.

 

RESCATE Y EVACUACIÓN

El  trabajo  vertical,  por  exigencia  legal  debe  planificarse  y  supervisarse  de  manera  que pueda   socorrerse inmediatamente   aún trabajador suspendido de cuerdas.

Este  exigencia  determina  que  en  los procedimientos  de  trabajo  utilizando  estas técnicas, es necesario implementar procesos de  gestión  de  emergencias,  en  los  cuales se  detallen  aspectos  importantes  para  la ejecución del rescate y evacuación: como las características de la obra; la organización; los lugares por donde efectuar la evacuación; los equipos específicos para realizar el rescate y evacuación, que deberán estar identificados en el lugar de trabajo y en condiciones de uso; la información de los servicios asistenciales, etc., y sobre los cuales los trabajadores verticales deben tener cumplida información y formación.

El accidente es un hecho inesperado en lo referido al momento, lugar en que va a producirse y las consecuencias que se derivan de los mismos. Por ello, para poder actuar correctamente, es importante saber todo aquello que se debe hacer, y lo que es más importante, todo lo que no se debe hacer en caso de accidente.

Socorrer a un accidentado es una obligación de cualquier persona que se encuentre en las inmediaciones en el momento del percance, pero por otro lado, cometer un error puede tener unas consecuencias muy graves.

Por ello, es necesario que todos los trabajadores verticales, independientemente de su nivel o experiencia, conozcan los principios básicos de los primeros auxilios y las técnicas básicas de rescate de personas accidentadas en suspensión y en altura, con el objetivo de garantizar que la acción y ejecución del rescate y evacuación, sea segura y resulte eficaz

En el caso de producirse un accidente en el que está envuelto un trabajador vertical, es fundamental que las personas implicadas, en esta situación de emergencia, estén debidamente formadas y entrenadas, para realizarlo.




                

 

 

 

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